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DEDUCCION DEL IVA EN FACTURAS

La falta de identificación del destinatario en una factura, impide ejercitar el derecho a la deducción mientras no sea subsanada

La falta de identificación del destinatario en una factura, impide ejercitar el derecho a la deducción mientras no sea subsanada.

Para poder deducir las cuotas de IVA soportadas en las adquisiciones de bienes o servicios, según el artículo 97 de la Ley del IVA (Ley 37/1992), hay que estar en posesión del documento justificativo del derecho a la deducción, que debe cumplir los requisitos formales establecidos reglamentariamente.

En las facturas, la identificación del destinatario (NIF) es un requisito sustancial exigido por el artículo 3 del Real Decreto 2402/1985, cuya ausencia impide ejercitar el derecho a la deducción en tanto no se subsane.

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